
ACN Madrid .- El Tribunal Supremo ha rechazado conceder un permiso extraordinario a Jordi Sánchez para salir de la cárcel y poder ir al Palacio de la Zarzuela a representar JxCat ante el Rey. Los magistrados aseguran que es «perfectamente sustituible» por otro miembro de la candidatura y que, por tanto, no se ve afectado su derecho de participación política. Además, apuntan que deberían haber rechazado la petición por un «defecto formal» porque consideran que la competencia para permisos extraordinarios no es del tribunal, sino que debería haber pedido ante Instituciones Penitenciarias. Sin embargo, reconocen que había que resolver con celeridad la petición y por ello resuelven denegarle el permiso. JxCat ya adelantó que, en caso de que Sánchez no pudiera ir delante del Rey, la formación no enviaría a nadie en la ronda de consultas.
En una resolución de cuatro páginas de la que ha sido ponente Manuel Marchena, los magistrados se oponen a dar permiso a Sánchez para salir de la cárcel e ir delante del rey Felipe VI en la ronda de consultas con los partidos.
Según el tribunal, el permiso extraordinario que ha pedido la defensa de Sánchez a través del artículo 47.1 de la Ley Orgánica General Penitenciaria «no encaja» en los parámetros legales para permitirle salir de la cárcel. La resolución señala que no hay ningún hecho que afecte directamente a un familiar del interno, como prevé el artículo. «Sólo podría incluirse en el inciso en que elude a motivos importantes y comprobados que justificarían la autorización», remarcan los magistrados.
La sala remarca este concepto «de importancia» y recuerda que los permisos deben ser «extraordinarios», y que hay que «conectar esta importancia a la situación que afecta al interno». «No se trata de una importancia identificable con la relevancia constitucional de esta entrevista [con el rey] sino de una importancia que debe valorarse en conexión con las finalidades del proceso al que el solicitante haya sometido «, escriben los magistrados. En este sentido, consideran que Sánchez puede ser «perfectamente sustituido» por otro miembro de la candidatura y que, por tanto, no se vulnera el derecho a participación.
«Defecto formal»
Además, los magistrados explican que han resuelto la petición aunque consideran que parte de un «defecto formal» para que los permisos extraordinarios que están previstos en la ley penitenciarias no les ha de resolver el Supremo sino la administración penitenciaria. Y que, previamente, se tramitará un expediente administrativo desde el centro donde está el recluso (en este caso, Soto del Real).
Sin embargo, el tribunal argumenta que no ha echado atrás la petición para que se canalice por la vía formalmente prevista y que resuelve y «motiva» la respuesta para «aclarar las incertidumbres» sobre la petición de Sánchez. El cabeza de lista de JxCat a las elecciones del 28 de abril está actualmente suspendido como diputado en el Congreso, pero el grupo parlamentario podía designar la persona que considerara adecuada para representar la candidatura ante el Rey. Por lo tanto, el hecho de que esté suspendido no afecta en el razonamiento y la decisión de los magistrados.
JxCat no enviará nadie
El martes pasado, la defensa de Jordi Sánchez registró un escrito ante el Tribunal Supremo en el que pide un «permiso extraordinario» para salir de la cárcel para ir personalmente a la ronda de consultas con el rey Felipe VI en el Palacio de la Zarzuela. La ronda de consultas aún no está fijada pero, según adelantó la portavoz del gobierno en funciones, Isabel Celáa, podría producirse esta semana. JxCat ya avisó que si no permitían la salida de Sánchez no designarían ningún sustituto. Por parte de ERC, ya dejaron claro que seguirían con el criterio de no enviar a nadie porque no consideran que el monarca sea un «interlocutor válido» después de su discurso del 3 de octubre de 2017.